CONTROL DE PROGRAMAS RECREATIVOS Y TURISTICOS

domingo, 8 de febrero de 2009

NOTAS DE CLASE - ASPECTOS IMPORTANRES

LEY 300. REGISTRO NACIONAL DE TURISMO

NORAMAS DE COMPETENCIA LABORAL

se deberan recompensar las horas perdidas de un viaje si hay algun inconveniente sea por algun problema tecnico o natural; siempre y cuando no se a por inasistencian del cliente.

TITULO 1

ART 2
DISPOCICIONES GENERALES


CONCERTACION: mesa sectorial turismo

COORDINACION:
ministerio de industria comercio y turismo, en visrtud del cual las entidades publicas que ntegran el sector turismo actuaran en forma coordinada en el ejercicio de sus funciones.

DESCENTRALIZACION:
en visrtud del cual la actividad turistica es responsabilidad de los diferentes niveles del estado en sus areas de competencia y se desarrolla por las empresas privadas y estatales; segun sus respectivos ambitos de accion.

PLANEACION:
en virtus del cual las actividades turisticas seran desarrolladas deacuerdo con el plan sectorial de turismo, el cual formara parte del plan nacional de desarrollo.

PROTECCION AL AMBIENTE:
en virtus del cual el turismo se desarrollara en armonia con el desarrollo sustentable del medio ambiente.

DESARROLLO SOCIAL:
en virtud del cual el turismo es una industria que permite la recreacion y el aprovechamiento del tiempo libre, actividades que constituyen un derecho social consagrado en el articulo 52 de la constitucion politica de colombia.

LIBERTAD DE EMPRESA:
en virtud del cual, y de conformidad con lo establesido en el articulo 333 de la constitucion politica de colombia, el turismo es una industria de servicios de libre iniciativa privada, libre acceso y libre competencia, sujeta a los requisitos establecidos en la ley y en sus normas reglamentarias. las autoridades de turismo en los niveles nacional y territorial pereservaran el mercado libre, la competencia abierta y leal, asi como la libertad de empresa dentro de una marco normativo de ideonidad, responsabilidad y relacion equilibrada con los usuarios.

PROTECCION AL CONSUMIDOR:
con miras al cabal desarrollo del turismo, el consumidor sera objeto de proteccion especifica por parte de las entidades publicas y privadas.

FOMENTO:
en virtud del cual el estado protegera y otorgara prioridad al desarrollo integral de las actividades turisticas, recreacionales y en general, todo lo relacionado con esta actividad en todo el territorio nacional.


TUTULO 2

ART 12
FORMULACION DE LA POLITICA Y PLANEACION DE TURISMO

planeacion
municipal
departamental
nacional

publico
privado
mixto

el ministerio de desarrollo economico formula la politica del govierno en materia turistica y ejerce actividades de planeacion en armonia con regiones y entidaddes municipales.




DECRETO 503 DE 1997 (febrero 28)


Por el cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Guía de Turismo de quetrata el artículo 94 de la Ley 300 de 1996.

DEFINICIÓN DE GUÍA DE TURISMO.
Es la personanatural que presta sus servicios profesionales en el área de guionaje o guianzaturística, cuyas funciones hacia el turista, viajero o pasajero son las de orientarlo,conducirlo, instruirlo y asistirlo durante la ejecución del servicio contratado.


FUNCIONES DEL GUÍA DE TURISMO.

1. Orientar al turista o pasajero en forma precisa, breve y específica, sobre lospuntos de referencia generales acerca del destino visitado y ofrecerle lainformación que facilite su permanencia en el lugar.

2. Impartir al visitante instrucción veraz y completa sobre los lugares visitados ysobre el entorno económico, social y cultural del mismo.

3. Dirigir al visitante por los atractivos turísticos, en desarrollo del plan de viajeconvenido, con seguridad, eficiencia y en forma cortés, responsable y prudente.

4. Asistir al visitante en forma oportuna, eficiente y suficiente, en laseventualidades e imprevistos que se presenten durante su permanencia en eldestino turístico, procurando su mayor satisfacción y bienestar.


REQUISITOS PARA EJERCER LA PROFESIÓN

1. Poseer Tarjeta Profesional de Guía de Turismo.
2. Estar inscrito en el Registro Nacional de Turismo.

DE LA TARJETA PROFESIONAL
Es el documento único legal de carácterpersonal e intransferible, que se expide para identificar, proteger, autorizar ycontrolar al titular de la misma en el ejercicio profesional del Guionaje o GuianzaTurística y será expedida por el Consejo Profesional de Guías de Turismo.

RECONOCIMIENTO COMO GUÍA DE TURISMO.

1. Estar carnetizado o autorizado como Guía de Turismo ante la CorporaciónNacional de Turismo, con anterioridad a la vigencia de la Ley 300 de 1996.

2. Haber obtenido autorización por la autoridad departamental competente, conbase en la Ordenanza que para el efecto hubiere expedido la AsambleaDepartamental con anterioridad a la vigencia de la Ley 300 de 1996.

3. Acreditar formación específica como Guía de Turismo certificada por unaentidad de educación superior reconocida por el Icfes.

4. Obtener Certificado de Aptitud Profesional en Guianza o Guionaje Turísticoexpedido por el SENA.

EXPEDICION DE LA TARJETA PROFESIONAL DE GUÍA DE TURISMO

requisitos:
1. Presentar fotocopia de la autorización o del carné de Guía de Turismo expedidopor la Corporación Nacional de Turismo, o fotocopia del título profesional comoguía de turismo expedido por una entidad de educación superior reconocida por elIcfes, o fotoccpia del Certificado de Aptitud Profesional en Guianza o GuionajeTurístico expedido por el SENA.

2. Presentar fotocopia del documento de identidad.

3. Pagar los derechos que ocasione la expedición de la tarjeta Profesional

La Tarjeta Profesional tendrá vigencia permanente y sólo perderá su validez en los casos de sanciónes impuestas al Guía de Turismo, comoconsecuencia de decisión del Consejo Profesional de Guías de Turismo enejercicio de sus atribuciones propias o en cumplimiento de orden de autoridadcompetente.

DERECHOS DEL GUÍA DE TURISMO

1. Recibir el debido respeto y reconocimiento para su profesión y el ejercicio de la misma.
2. Percibir una remuneración justa y acorde con el servicio para el cual ha sido contratado.

DEBERES Y OBLIGACIONES DEL GUÍA DE TURISMO

1. Prestar sus servicios en los términos ofrecidos y pactados con el visitante y conla empresa que lo contrate y garantizar el cumplimiento de los mismos de acuerdocon lo dispuesto por la Ley General de Turismo y demás normas que regulen laprestación de los servicios turísticos.
2. Ejercer sus funciones de forma profesional y sin manifestación de parcialidad odiscriminaciones de tipo político, religioso, étnico, de género, socioeconómico,cultural o de cualquiera otra índole, que vulneren los derechos fundamentales delos usuarios de sus servicios.
3. Respetar la identidad y la diversidad cultural de las comunidades ubicadas enzonas donde presten sus servicios o con las cuales tengan intercambio.
4. Evitar que los visitantes bajo su orientación atenten contra el patrimonio delpaís, extrayendo o colectando especies animales, vegetales, minerales o cualquierobjeto de significación cultural o valor económico.
5. Informar previamente las tarifas a los usuarios o a las empresas que loscontraten.
6. Portar su Tarjeta Profesional y presentarla cuando se le solicite por razón desus funciones.
7. Advertir a las personas o grupos a su cargo de la conveniencia de seramparados por póliza de seguros de accidente, cuando la actividad desarrolladaasí lo amerite.
8. Informar al turista sobre los riesgos de la zona visitada, sobre el equipo yvestido que conviene utilizar y sobre las condiciones generales del lugar objeto dela visita.9. Los Guías de Turismo en el ejercicio de su profesión observarán los más altosniveles de calidad, oportunidad y eficiencia.

INFRACCIONES Y SANCIONES.ARTÍCULO

Los Guías de Turismo estarán sometidos al régimen general deinfracciones y sanciones establecidas en la Ley 300 de 1996 y en sus decretosreglamentarios, sin perjuicio de las sanciones policivas o penales a que sehicieren acreedores y de las que impusiere el Consejo Profesional de Guías deTurismo.





FONDO DE PROMOCION TURISTICA


El fondo de promocion turistica se creapara el manejo de los recursos propios venientes de la contribucion parafiscal, presta sevicio de orientacion a procesos claves de dllo turistico.




turismo metropolitano


El turismo metropolitano es el turismo especializado que se realiza en los grandes centros urbanos, con fines culturales, educativos y recreativos, que dé lugar a la conservación del patrimonio histórico y cultural; a creación de espacios públicos de esparcimiento comunitario que propendan por el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales urbanos.


acuaturismo


El acuaturismo es una forma de turismo especializado que tiene como motivación principal el disfrute por parte de los turistas de servicios de alojamiento, gastronomía y recreación, prestados durante el desplazamiento por ríos, mares, lagos y en general por cualquier cuerpo de agua, así como de los diversos atractivos turísticos que se encuentren en el recorrido utilizando para ello embarcaciones especialmente adecuadas para tal fin.


etnoturismo


El etnoturismo es el turismo especializado y dirigido que se realiza en territorios de los grupos étnicos con fines culturales, educativos y recreativos que permite conocer los valores culturales, forma de vida, manejo ambiental, costumbres de los grupos étnicos, así como aspectos de su historia.


ecoturismo


El ecoturismo es aquella forma de turismo especializado y dirigido que se desarrolla en áreas con un atractivo natural especial y se enmarca dentro de los parámetros del desarrollo humano sostenible. El ecoturismo busca la recreación, el esparcimiento y la educación del visitante a través de la observación, el estudio de los valores naturales y de los aspectos culturales relacionados con ellos. Por lo tanto, el ecoturismo es una actividad controlada y dirigida que produce un mínimo impacto sobre los ecosistemas naturales, respeta el patrimonio cultural, educa y sensibiliza a los actores involucrados acerca de la importancia de conservar la naturaleza. El desarrollo de las actividades ecoturísticas debe generar ingresos destinados al apoyo y fomento de la conservación de las áreas naturales en las que se realiza y a las comunidades aledañas.


agroturismo


El agroturismo es un tipo de turismo especializado en el cual el turista se involucra con el campesino en las labores agrícolas. Por sus características, este tipo de turismo se desarrolla en actividades vinculadas a la agricultura, la ganadería u otra actividad, buscando con ello generar un ingreso adicional a la economía rural. Debido a la vulnerabilidad de la comunidad receptora, el estado velara porque los planes y programas que impulsen este tipo de turismo contemplen el respeto por los valores sociales y culturales de los campesinos.

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